ATENCIÓN AL CLIENTE

NUEVAS CONTRATACIONES

9:00h a 21:00h
de lunes a viernes

CYBER MONDAY: llévate una TARJETA REGALO por cada contrato

PROMOCIÓN BLACK FRIDAY: Consigue nuestro mejor precio de luz y una tarjeta regalo por cada contrato

Y además llévate una TARJETA REGALO por cada contrato

Contrata tu tarifa de luz o gas y llévate 4 MESES AL 50% en el servicio que quieras

Precio del excedente de autoconsumo: cómo se compensa en tu factura

Precio del excedente de autoconsumo: cómo se compensa en tu factura

Cada vez más hogares con placas solares se hacen la misma pregunta al revisar su factura: si mis paneles producen más energía de la que consumo en ese momento, ¿qué pasa con ese excedente? 

La respuesta tiene que ver con un mecanismo llamado compensación de excedentes, y entender el precio del excedente de autoconsumo es clave para saber cuánto se puede llegar a ahorrar realmente con una instalación fotovoltaica, más allá de la energía que se consume de forma directa en el propio hogar.

Qué es el excedente de autoconsumo

Cuando una instalación solar produce electricidad, esa energía se destina en primer lugar a cubrir el consumo de la vivienda en ese mismo instante: la nevera, la lavadora, la iluminación o cualquier aparato que esté funcionando en ese momento. Sin embargo, en muchas franjas horarias, especialmente durante las horas centrales del día, la producción de los paneles supera lo que la vivienda necesita en ese instante. Esa diferencia entre lo que se genera y lo que se consume es lo que se conoce como excedente.

Ese excedente no se pierde: se vierte automáticamente a la red eléctrica general a través del contador bidireccional, un dispositivo que mide de forma independiente tanto la energía que se consume de la red como la que se inyecta hacia ella. Gracias a esta doble medición, la comercializadora puede calcular con precisión cuánta energía se ha exportado y aplicar la compensación correspondiente en la factura.

Cómo se calcula el precio del excedente

El precio al que se compensa cada kWh de excedente no es el mismo que el precio al que se compra la electricidad de la red, y esta es una de las confusiones más habituales entre quienes instalan placas solares por primera vez. 

El excedente se valora a un precio inferior al de compra, ya que se trata de una compensación, no de una venta de energía en sentido estricto: la normativa establece que el importe de la compensación nunca puede superar el valor de la energía consumida de la red durante el mismo periodo de facturación.

En la práctica, el precio del excedente puede fijarse de dos maneras distintas, según el tipo de tarifa contratada:

  • En el mercado regulado (PVPC). El precio del excedente se indexa directamente al precio horario del mercado eléctrico, lo que significa que varía cada hora, igual que ocurre con el precio de compra en esta modalidad de tarifa.
  • En el mercado libre. El precio del excedente se pacta directamente con la comercializadora, y suele fijarse como un valor estable, lo que aporta más previsibilidad a la hora de calcular cuánto se va a compensar cada mes, frente a la variabilidad horaria del mercado regulado.

Por este motivo, antes de decidir qué tipo de tarifa conviene más para una instalación de autoconsumo, resulta útil comparar cómo funciona una tarifa indexada al precio del mercado frente a una tarifa de precio fijo, ya que esta decisión afecta tanto al precio que se paga por la energía consumida como al que se recibe por el excedente generado.

Cómo se refleja el excedente en la factura

Al cierre de cada periodo de facturación, la comercializadora realiza un balance entre la energía consumida de la red y la energía excedentaria inyectada durante ese mismo periodo. El importe resultante de valorar el excedente se resta directamente de la parte de la factura correspondiente al consumo, reduciendo así el total a pagar.

Es importante tener claro que esta compensación aparece siempre como un descuento en la factura, nunca como un ingreso o un pago directo al titular del contrato: si el valor del excedente generado en un mes superase el importe del consumo realizado, la normativa no permite que la diferencia se abone en efectivo, sino que, como máximo, el importe a pagar por consumo se reduce hasta cero para ese periodo.

Factores que influyen en cuánto se puede ahorrar con el excedente

El ahorro real que aporta la compensación de excedentes depende de varios factores que conviene tener en cuenta:

  • El tamaño de la instalación. Una instalación sobredimensionada respecto al consumo habitual de la vivienda genera más excedente, pero como este se compensa a un precio inferior al de compra, no siempre resulta la opción más eficiente desde el punto de vista económico. Ajustar el tamaño de la instalación al patrón de consumo real suele ofrecer un mejor equilibrio.
  • Los hábitos de consumo del hogar. Cuanto más se consuma directamente durante las horas de mayor producción solar, menor será el excedente generado, pero mayor será el ahorro directo, ya que esa energía se aprovecha al precio de compra evitado, que siempre es más alto que el precio de compensación del excedente.
  • El sistema de almacenamiento disponible. Contar con baterías físicas permite almacenar parte del excedente para consumirlo más tarde, en lugar de verterlo a la red a un precio de compensación más bajo. Como alternativa, algunas tarifas ofrecen baterías virtuales, que acumulan el valor económico del excedente como saldo para aplicarlo en facturas futuras, en lugar de almacenar la energía físicamente.

Excedentes y potencia contratada, dos aspectos que conviene revisar juntos

Instalar placas solares suele ser también un buen momento para revisar si la potencia contratada de la vivienda sigue siendo la adecuada. Aunque la instalación de autoconsumo reduce la dependencia de la red durante las horas de sol, la potencia contratada sigue determinando cuánta electricidad se puede demandar de forma simultánea durante las horas en las que los paneles no producen, como por la noche, por lo que ajustarla correctamente sigue siendo relevante incluso después de instalar placas solares.

Qué pasos seguir para empezar a compensar excedentes

Para poder beneficiarse de la compensación de excedentes es necesario completar un proceso administrativo previo, que incluye la instalación física de los paneles, la legalización ante el organismo autonómico competente y la comunicación de los datos de la instalación a la distribuidora eléctrica de la zona, que a su vez los traslada a la comercializadora. Una vez completado este proceso y firmado el contrato de compensación correspondiente, la compensación se aplica de forma automática en cada factura, sin que sea necesario realizar ningún trámite adicional mes a mes.

Si tienes dudas sobre qué tipo de tarifa se adapta mejor a una instalación de autoconsumo ya existente, o quieres entender mejor cómo afectaría a tu factura actual, el equipo de atención al cliente puede ayudarte a revisar tu situación concreta antes de tomar cualquier decisión.

Aprovechar cada kWh, generado o comprado

Entender cómo se calcula y se aplica el precio del excedente de autoconsumo permite tomar decisiones más informadas sobre una instalación solar, más allá de la cifra de ahorro que suele anunciarse de forma genérica. Conocer la diferencia entre el precio de compra y el precio de compensación, revisar si conviene almacenar el excedente en lugar de verterlo, y mantener ajustada la potencia contratada son los tres elementos que, combinados, determinan si una instalación de autoconsumo cumple realmente las expectativas de ahorro con las que se decidió instalarla.

Paso 2

Selecciona el tramo de consumo que quieres contratar

Tarifa
Lúcete Gas

RL.1

<5.000 kWh/año

Tarifa
Lúcete Gas

RL.2

5.000-15.000 kWh/año

Tarifa
Lúcete Gas

RL.3

15.000-50.000 kWh/año

Paso 1

Elige la tarifa que prefieras

Tarifa Despreocúpate

Fija de 1 tramo

Si tus horarios de consumo cambian de un día a otro.

Tarifa Benefíciate

Fija de 3 tramos

Si tus horarios de consumo son parecidos todos los días.

Tarifa Lúcete

Indexada

Coste del mercado. En cada momento.

Selecciona la energía que te interese

Luz + Gas

NUEVAS CONTRATACIONES

10:00h a 21:00h de lunes a viernes

ATENCIÓN AL CLIENTE

Únete a la Energía de El Corte Inglés

Déjanos tus datos y nosotros te contactamos.

Información sobre Protección de Datos

Responsable del tratamiento: TELECOR S.A. (Empresa del Grupo El Corte Inglés), con CIF: A80028731 y domicilio social calle Hermosilla 112, 28009, Madrid. Puede solicitar más información contactando con nuestro delegado de protección de datos en el email dpd@telecor.es

Finalidad del tratamiento: TELECOR tratará sus datos personales, para contactar con Ud. por medios electrónicos y no electrónicos, y remitirle comunicaciones comerciales o promocionales de productos y servicios del sector energético.
Sus datos serán conservados durante cinco años, o mientras no revoque su consentimiento o en su caso se oponga al tratamiento de sus datos para la finalidad antes indicada. Así mismo, le informamos, que en cuanto concluya el tratamiento de sus datos, éstos serán bloqueados, durante el plazo de prescripción de las acciones que pudieran derivarse de la relación mantenida con el interesado, conforme a lo estipulado en el art. 32 de la LOPDGDD.

Legitimación del tratamiento: La licitud del tratamiento viene determinada por su consentimiento, el cual ha sido prestado y recabado a través de una clara acción afirmativa (la marcación de la casilla de formulario), conforme al art. 6.1.a) del RGPD.

Destinatarios: Por eficiencia del servicio, en algunos casos contamos con prestadores de servicios tecnológicos los cuales están ubicados en territorios situados fuera del Espacio Económico Europeo, realizándose transferencias internacionales de datos. En estos casos, adoptamos las garantías adecuadas para proteger su información, como es el caso de la firma de las Cláusulas Contractuales Tipo aprobadas por la Comisión Europea y aprobadas por la Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos, de las que puede obtener información adicional dirigiéndose por escrito a dpd@telecor.es.
Asimismo, su información personal estará a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento de sus datos de carácter personal.

Derechos: Ud. podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación, portabilidad o, en su caso supresión cuando los datos ya no sean necesarios, mediante escrito dirigido al correo electrónico dpd@telecor.es. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).