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MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Revisión anual
(incluye revisión
periódica obligatoria)
Instalación de gas
Calentador
Caldera
Sistema de calefacción
Resto de aparatos de
gas uso doméstico
- Tarifa Despreocúpate
- Tarifa Benefíciate
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Término fijo
2,258300 €/kW al mes
5,895600 €/kW al mes
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Cuota de servicio
3,95 €/mes
4,95 €/mes
5,95 €/mes
Precio de suministro de gas a coste (se trata de una tarifa indexada al mercado del gas cuya fórmula se puede consultar en las Condiciones Generales del Contrato) . Al precio se aplicará el IVA al 10% (RDley 7/2026), y el IEH un tipo de 0,00108 €/kWh€ por cada kWh consumido (RDley 7/2026). Si es el caso, también se añadiría el coste del alquiler del equipo de medida conforme regulación. Cualquier cambio en la legislación y regulación o un cambio de las circunstancias respecto a la información aportada por el cliente que afecte a los precios serán trasladados a los mismos. En caso de que la Compañía Distribuidora cambie la Tarifa de Acceso de Terceros a la Red contratada, Energía El Corte Inglés podrá, en cualquier momento, cambiar la Tarifa de Acceso de Terceros a la Red a la que corresponda por ley.
Restricciones para contratar el suministro de gas con Energía El Corte Inglés: Esta tarifa no está habilitada para puntos de suministro ubicados en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla ni tampoco para los que estén suministrados por Plantas Satélites ( RD 919/2006), en esos casos, el suministro de gas no podrá ser atendido por Energía ECI. Además solo están disponibles Tarifa ATR tipo RL.1, RL.2 y RL.3.
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Término fijo
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6,485100 €/kW al mes
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Restricciones para contratar el suministro de gas con Energía El Corte Inglés: Esta tarifa no está habilitada para puntos de suministro ubicados en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla ni tampoco para los que estén suministrados por Plantas Satélites ( RD 919/2006), en esos casos, el suministro de gas no podrá ser atendido por Energía ECI. Además solo están disponibles Tarifa ATR tipo RL.1, RL.2 y RL.3.
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados no incluyen impuestos, no obstante, sí que incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025 .El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente.
La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 21% de IVA (Ley 37/1992) y el 5,113% de IEE (Ley 38/1992). Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025 .El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente.
La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
Asiste Gas Reparaciones
Reparación de averías en todos los aparatos a gas del hogar.
5,95€/mes*
Asiste Gas Mantenimiento
Visita y revisión anual obligatoria de la instalación de gas.
10,95€/mes*
Asiste Gas Total
Revisión anual obligatoria + reparación de averías en cualquier momento.
11,95€/mes*
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Durante la revisión
Fuera de la revisión
Defectos
funcionamiento
instalación de gas
Reparación caldera
Reparación
calentador
Reparación sistema
de calefacción
Presupuesto gratuito
Atención de avería
en días laborables.
<24h si es urgente
Desplazamiento
gratis sin límite de Km
Mano de obra gratis
hasta 3 horas
Piezas (hasta 50€ en
averías detectadas
durante la revisión)
Garantía de 6 meses
en la reparación
Reparaciones
ilimitadas fuera de la
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Atención telefónica
24x365
Carencia de 15 días
Tarifa Lúcete Gas
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en cada momento
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Precio de suministro de gas a coste (se trata de una tarifa indexada al mercado del gas cuya fórmula se puede consultar en las Condiciones Generales del Contrato) . Al precio se aplicará el IVA al 10% (RDley 7/2026), y el IEH un tipo de 0,00108 €/kWh€ por cada kWh consumido (RDley 7/2026). Si es el caso, también se añadiría el coste del alquiler del equipo de medida conforme regulación. Cualquier cambio en la legislación y regulación o un cambio de las circunstancias respecto a la información aportada por el cliente que afecte a los precios serán trasladados a los mismos. En caso de que la Compañía Distribuidora cambie la Tarifa de Acceso de Terceros a la Red contratada, Energía El Corte Inglés podrá, en cualquier momento, cambiar la Tarifa de Acceso de Terceros a la Red a la que corresponda por ley.
Restricciones para contratar el suministro de gas con Energía El Corte Inglés: Esta tarifa no está habilitada para puntos de suministro ubicados en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla ni tampoco para los que estén suministrados por Plantas Satélites ( RD 919/2006), en esos casos, el suministro de gas no podrá ser atendido por Energía ECI. Además solo están disponibles Tarifa ATR tipo RL.1, RL.2 y RL.3.
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Restricciones para contratar el suministro de gas con Energía El Corte Inglés: Esta tarifa no está habilitada para puntos de suministro ubicados en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla ni tampoco para los que estén suministrados por Plantas Satélites ( RD 919/2006), en esos casos, el suministro de gas no podrá ser atendido por Energía ECI. Además solo están disponibles Tarifa ATR tipo RL.1, RL.2 y RL.3.
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 21% de IVA (Ley 37/1992) y el 5,113% de IEE (Ley 38/1992). Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025 .El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente.
La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
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La tarifa solo es aplicable a puntos de suministro vinculadas a viviendas ubicadas en el territorio nacional de España, menos en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los precios indicados incluyen los siguientes impuestos: 10% de IVA (RD 7/2026), para suministros cuyo término fijo de potencia sea inferior a 10Kw y el Impuesto Eléctrico (I.E.E.) del 0,5%** (RD 7/2026), en las facturas emitidas entre el 22/03/2026 y el 30/06/2026. Los precios también incluyen los conceptos regulados compuesto por los peajes, cargos y otros costes del sistema eléctrico como la retribución del operador del mercado y el operador del sistema conforme a las Resoluciones de la CNMC de fecha 18 y 23 de diciembre de 2025 , y a la Orden TED/1524/2025 de fecha de 26 de diciembre de 2025. El coste regulado de la financiación del Bono Social es un cargo que se factura aparte por un importe de 0,019121 €/día (sin impuestos) y 0,024319 €/día (con impuestos) conforme a la Orden TED/1524/2025 de fecha 26 de diciembre de 2025. Cualquier cambio en la legislación o regulación aprobados por la Administración que afecten a los precios serán trasladados a los mismos automáticamente. **Si en el mes de abril la variación del IPC de la electricidad no supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en mayo el Instituto Nacional de Estadística, la reducción del tipo regulada en el apartado Uno de este artículo dejará de aplicarse en el mes de junio (ver art. 40 Dos del RD 7/2026).
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Revisión anual
(incluye revisión
periódica obligatoria)
Instalación de gas
Calentador
Caldera
Sistema de
calefacción
Resto de aparatos de
gas uso doméstico
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Durante la revisión
Fuera de la revisión
Defectos
funcionamiento
instalación de gas
Reparación caldera
Reparación
calentador
Reparación sistema
de calefacción
Presupuesto gratuito
Atención de avería
en días laborables.
<24h si es urgente
Desplazamiento
gratis sin límite de Km
Mano de obra gratis
hasta 3 horas
Piezas (hasta 50€ en
averías detectadas
durante la revisión)
Garantía de 6 meses
en la reparación
Reparaciones
ilimitadas fuera de la
revisión
Atención telefónica
24x365
Carencia de 15 días
*Precios con impuestos NO incluidos
Preguntas frecuentes de nuestros servicios adicionales
¿Ofrecéis suministro de gas natural?
Sí. Ofrecemos suministro de gas natural en Península y Baleares para clientes residenciales (hogares), únicamente tarifas RL1, RL2 y RL3 conectados a la red canalizada de distribución. No comercializamos a clientes conectados a plantas satélite.
¿Puedo contratar si ya tengo gas natural?
Sí. Puedes cambiar de comercializadora sin cortes de suministro y sin realizar cambios en tu instalación actual. Ver exclusiones pregunta anterior.
¿En qué zonas prestáis servicio?
Prestamos servicio en todas las zonas de Península y Baleares donde exista red canalizada de gas natural y no estén alimentadas por Plantas Satélites.
¿Cómo puedo contratar el gas natural?
Puedes contratar tu suministro de forma cómoda y sencilla a través de nuestra web o por teléfono. Te acompañamos en todo el proceso para que no tengas que preocuparte de nada.
¿Cuánto tarda el alta del gas natural?
El plazo habitual es de 5 a 7 días hábiles, dependiendo de la distribuidora y del estado de la instalación.
¿Qué documentación necesito?
Para formalizar la contratación normalmente se solicita:
- Documento de identidad del titular
- Dirección del suministro
- Código CUPS de Gas
- Certificado de la instalación (si procede)
- Cuenta bancaria para la domiciliación
¿Cómo se realiza el pago?
El pago se realiza mediante domiciliación bancaria, con facturas claras y detalladas.
¿Es un suministro seguro?
Sí. El gas natural cumple con toda la normativa vigente de seguridad y calidad, y está supervisado por la distribuidora correspondiente.
¿Quién se encarga del mantenimiento?
El mantenimiento de la instalación interior es responsabilidad del cliente. Ofrecemos servicios HOGAR ASISTE de reparaciones y mantenimiento opcionales para mayor tranquilidad.
¿Qué debo hacer si huelo gas?
Ventila el espacio, cierra la llave de paso y evita encender o apagar aparatos eléctricos. Contacta de inmediato con el servicio de emergencias de gas.
¿Puedo contratar para una empresa o comunidad?
NO. Sólo comercializamos gas para cliente residencial con tarifas RL1, RL2 y RL3.
¿Tenéis atención al cliente?
Sí. Nuestro equipo de atención al cliente está disponible para ayudarte antes, durante y después de la contratación.